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Explicando la propuesta del nuevo proceso de los perdones
April 19, 2012
Como muchos ya saben, el presidente Barack Obama esta tratando de simplificar el proceso para poder obtener la legalización a través de un miembro familiar. Si un inmigrante se encuentra en los Estados Unidos ilegalmente por más de un año, cuando esa persona sale del país para un proceso consular para obtener su estatus de residente permanente, es sujeto a un castigo de diez años durante los cuales no puede regresar a los Estados Unidos—al menos que pueda demostrar que su cónyuge y/o padres legalizados sufrirán extremamente debido a su separación.
Bajo las regulaciones anteriores, el solicitante debía salir de los Estados Unidos antes de presentar este perdón (conocido con el “perdón I-601”, puesto que ese es el nombre del formulario que se debe usar para este perdón) ante la embajada estadounidense. Lo más difícil acerca de este proceso era que el inmigrante no sabía de antemano si su solicitud sería aprobada o negada, hasta que ya se encontraba fuera de los Estados Unidos, de este modo la persona era sujeta al castigo de los 10 años.
Por lo tanto, la administración del Presidente Obama ha dicho que los solicitantes aún tienen salir de los Estados Unidos, pero ahora pueden presentar su perdón dentro de los Estados Unidos, esperar en los Estados Unidos por una decisión, y si es aprobada, entonces saldría por un corto plazo para ser entrevistado en la embajada estadounidense. En vez de tener que esperar varios meses o, en algunos casos, años. El proceso consular puede tomar de 3 a 4 semanas, durante las cuales se debe hacer los exámenes médicos, asistir a la entrevista, y luego esperar que una decisión sea dada y sea enviada al solicitante. Las regulaciones para este nuevo proceso de los perdones deben estar listas en agosto del presente año (aproximadamente), ya que está bajo revisión.
Los activistas y analistas han dicho que es un paso en la dirección correcta, puesto que las familias lograrán permanecer unidas, y el proceso de los perdones será más eficiente, ahorrándole muchos recursos al gobierno estadounidense. Sin embargo, debe haber ciertos cambios a este proceso que ha sido propuesto, y la Asociación de Abogados Americanos de Inmigración (AILA—por sus siglas en inglés), junto con otras organizaciones, presentarán ciertas recomendaciones a la Administración del presidente Obama durante el siguiente plazo de dos meses, las cuales incluirán lo siguiente:
- El nuevo proceso del perdón no debería ser limitado únicamente a cónyuges ciudadanos estadounidenses y a padres ciudadanos estadounidenses quienes están pidiendo a sus hijos (quienes en este caso deben tener entre 17 y 20 años de edad). El proceso del perdón debe incluir a todos los beneficiarios de las peticiones familiares, sin importar quién los esté pidiendo.
- El nuevo proceso del perdón debe permitir una apelación o moción para reabrir si es necesario. Las regulaciones propuestas dicen que para facilitar este nuevo proceso, no se aceptarán las apelaciones o las mociones para reabrir el caso.
- Si una persona ha previamente presentado un formulario I-601, se le debería permitir presentar su solicitud nuevamente bajo estas nuevas regulaciones. Nuevamente, las regulaciones que han sido propuestas mencionan (innecesariamente), que si una persona ya ha presentado un formulario I-601, no pueden presentar una solicitud bajo este nuevo proceso.
- El nuevo proceso del perdón no debería requerirle a un solicitante que tenga finalizado so caso ante el Juez de inmigración antes de presentar el formulario I-601. Por ejemplo, si un solicitante esta pidiendo salida voluntaria, tendrá de dos a cuatro meses para efectuar su salida de los Estados Unidos, y esto invariablemente no será suficiente tiempo para obtener una decisión en la solicitud I-601 dentro de los Estados Unidos antes que tenga que salir de este país.
Finalmente, las personas no deben presentar sus peticiones familiares (I-130) sin antes consular con un abogado experto en inmigración. Aunque el perdón I-601 sea aprobado, pueden existir complicaciones no previstas a la hora de su entrevista consular, y por lo tanto el solicitante ¡siempre debe consultar con un abogado acreditado antes de presentar cualquier formulario ante las autoridades de inmigración!
Para mas información o para una consulta, sírvase comunicarse con el bufete de la Lic. Meredith Brown al 818-541-9999.


